1 de mayo de 2007

Artículo sobre Ley de Afiliación y puntos importantes

Con la presencia del Presidente de la República, Eduardo Frei Ruiz-Tagle, en una ceremonia llevada a cabo hoy en las Oficinas de Huérfanos del Servicio de Registro Civil e Identificación se saludó la entrada en vigencia de la Ley N° 19.585, promulgada exactamente hace un año. También estuvieron presentes la Ministra de Justicia, María Soledad Alvear Valenzuela, y la Directora Nacional del Servicio, María Alejandra Sepúlveda Toro, a los primeros padres que llegaron a solicitar el certificado de nacimiento de sus hijos se les hizo entrega de un quillay, símbolo de la importancia de la vida y del crecimiento. A cada árbol se le adjuntó una cinta con la leyenda: "Bienvenida, Igualdad".

Coincidentemente, se dio el caso de que dos parejas inscribieron el nacimiento de sus hijos, estando una de ellas unida por el matrimonio y la otra no. En estricto apego a la nueva Ley de Filiación, entonces, en ambos casos las inscripciones fueron iguales.
El día de hoy marcó uno de los hechos más relevantes en la historia de las legislaciones de nuestro país. Ese día, al comenzar a aplicarse la nueva Ley de Filiación se dio inicio a la plena igualdad de derechos entre todos los niños y niñas de nuestro país: todos nacen iguales ante la ley. Así, se puso fin a una discriminación vigente en Chile desde 1855 y que distinguía entre hijos legítimos, ilegítimos y naturales.

La Ley de Filiación, con el reconocimiento de plenos derechos para todos los niños protege a los distintos tipos de familia existentes, estimula la maternidad y la paternidad responsables y establece, así, el derecho a tener familia.

El Servicio de Registro Civil e Identificación celebró que sus funcionarios sean los primeros llamados en aplicar la nueva legislación, pues al momento de llenar las partidas de nacimiento y al entregar los correspondientes certificados no fue hecha ninguna inscripción discriminatoria para los recién nacidos.

Para responder a los cambios de la nueva legislación y para su correcta aplicación, nuestro Servicio capacitó durante todo un año a sus 2.523 funcionarios en las trece regiones del país con seminarios locales, regionales y nacionales.

De esta forma, todos pudieron aprender los principios fundamentales de la esta Ley 19.585, que son:
La creación de un estatuto igualitario para todos los hijos, sean éstos nacidos dentro o fuera del matrimonio de sus padres, estableciendo así el derecho a la plena igualdad.

La consagración del principio de la libre investigación de la paternidad y de la maternidad, con la posibilidad de utilizar toda clase de pruebas, incluidas las biológicas.

El establecimiento de la igualdad de los derechos hereditarios que correspondan a los hijos nacidos dentro del matrimonio y los nacidos fuera de éste. El que todos los hijos menores de edad, sin distinción, quedan sujetos a patria potestad, pasando a ejercerla el padre, la madre o ambos conjuntamente, mediante acuerdo subinscrito al margen de la partida de nacimiento dentro de los 30 días siguientes a su otorgamiento. A falta de acuerdo, la patria potestad la ejercerá el padre.


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